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Impuesto sobre alquiler en Honduras para personas naturales: lo básico, sin contador

Si alquilás una vivienda como persona natural, hay un impuesto del 10 % cuando la renta pasa de L 15,000 al mes, y el ISR normal cuando no. Qué dice el SAR, qué declarar y qué preguntarle a tu contador.

Armando RoqueFundador de Bevorah ·

También disponible en inglés: Rental income tax in Honduras for individuals: the basics, without an accountant

Una mesa de madera con un fajo de recibos sujetos con un clip, una calculadora, un lápiz, unos lentes y una taza verde menta.
En resumen
  1. Alquileres de vivienda con renta mensual mayor a L 15,000 pagan un impuesto único del 10 % anual (Decreto 17-2010, artículo 5), declarado en su propio módulo del SAR.
  2. Por debajo de ese monto, la renta es ingreso ordinario y va en tu declaración anual del Impuesto sobre la Renta como persona natural.
  3. El límite se mide por inmueble, sumando todas las unidades o cuartos del mismo; guardá cada recibo, porque el impuesto se calcula sobre lo cobrado en el año.

Alquilar una casa es un ingreso, y los ingresos pagan impuesto. Hasta ahí todos de acuerdo. Lo que casi nadie tiene claro es cuál impuesto: en Honduras hay dos caminos para la renta de vivienda de una persona natural, y cuál te toca depende de un número: L 15,000 al mes.

Esta guía explica los dos caminos con lo que publica el Servicio de Administración de Rentas (SAR), en lenguaje llano, y termina con las preguntas exactas que vale la pena hacerle a un contador.

Esto no es asesoría fiscal. Las cifras vienen del SAR y de la ley, pero tu caso (varias propiedades, locales, sociedades) puede cambiar la respuesta. Antes de declarar, confirmalo con un contador.

El impuesto único del 10 %: cuándo aplica

Desde 2010 existe un impuesto específico para el alquiler de vivienda. El SAR lo describe así: un impuesto "único y definitivo" del diez por ciento (10 %) anual sobre los ingresos por arriendo o alquiler de viviendas y edificios de apartamentos, cuando la renta supera los L 15,000.00 mensuales. La base legal es el artículo 5 del Decreto 17-2010, la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público.

Tres detalles del texto del SAR que cambian a quién le toca:

  1. El límite es por inmueble, no por unidad. Los L 15,000 se cuentan "ya sea como cuota única o como monto total pagado entre todas las unidades habitacionales o cuartos de un mismo inmueble". Si tenés una casa dividida en tres apartamentos de L 6,000, el inmueble cobra L 18,000 al mes y entra en el impuesto.
  2. Es "único y definitivo". Ese 10 % sustituye al Impuesto sobre la Renta ordinario para esos ingresos de alquiler; no pagás las dos cosas sobre la misma renta.
  3. Quedan fuera los hoteles, moteles y hospedajes (que tributan con el ISR normal) y los mesones o cuarterías según la Ley de Inquilinato.

Un ejemplo con números redondos: un apartamento que se alquila a L 20,000 al mes produce L 240,000 al año. El impuesto único es el 10 %: L 24,000 al año.

Cómo se declara

El SAR tiene un módulo propio para esto: la Declaración Jurada Anual del Impuesto Cedular Sobre la Renta por Alquiler Habitacional (ayuda del SAR). Según esa guía, la declaración pide el tipo de alquiler (vivienda o edificio de apartamentos), los meses del año en que estuvo alquilado y el ingreso anual; el sistema calcula el 10 % sobre el total. Se presenta en la Oficina Virtual del SAR, una vez al año.

Lo que necesitás tener a mano para llenarla: cuánto cobraste cada mes, por cada inmueble. Que es exactamente lo que da un buen registro de recibos.

Si la renta no llega a L 15,000: el ISR normal

Por debajo del límite, no aplica el impuesto único. La renta del alquiler es un ingreso más de tu año y entra en la declaración anual del Impuesto sobre la Renta como persona natural (el formulario código 102 del SAR), junto con tu salario u otros ingresos, sujeta a la escala progresiva del ISR y a su tramo exento. El SAR publica la guía de ese formulario y una ayuda paso a paso en su sitio.

Para que tengas la escala a mano: según el comunicado SAR 02-2026, en el período fiscal 2026 la renta neta gravable anual está exenta hasta L 228,324.32; de ahí a L 348,154.10 paga el 15 %; hasta L 809,660.75, el 20 %; y de L 809,660.76 en adelante, el 25 % (EY, Deloitte). La tabla se actualiza cada enero. La declaración anual se presenta a más tardar el 30 de abril del año siguiente.

Si sos asalariado y este es tu único ingreso extra, la conversación con el contador suele ser corta: cuánto cobraste en el año y en qué tramo te deja sumado a tu salario.

Los recibos importan más de lo que parece

En los dos caminos, el impuesto se calcula sobre lo que efectivamente cobraste. Y la Ley de Inquilinato ya te obliga, por otra razón, a dar un recibo firmado por cada mensualidad (artículo 26, bajo multa de un mes de renta). Los dos deberes se cumplen con la misma costumbre: un recibo por cada pago, con fecha, monto y mes que cubre.

Un dueño con recibos ordenados llena la declaración en veinte minutos. Uno sin recibos reconstruye el año desde el chat y el estado de cuenta del banco, y suele equivocarse en su contra.

Las preguntas para tu contador

Llevá estas, y salís con la respuesta completa:

  1. Con mis inmuebles y sus rentas, ¿cuáles pasan de L 15,000 al mes y cuáles no? ¿Cómo se suma cuando un inmueble tiene varias unidades?
  2. Para los que sí pasan, ¿cuándo se presenta la declaración cedular y cómo se paga?
  3. Para los que no, ¿en qué tramo del ISR me deja la renta sumada a mis otros ingresos?
  4. ¿Tengo que emitir recibos autorizados por el SAR (con CAI) por estos alquileres, o basta el recibo firmado que pide la Ley de Inquilinato?
  5. Si alquilo un local comercial además de vivienda, ¿cambia el tratamiento?

Cómo tener los números listos en abril

Todo lo anterior se vuelve fácil o difícil por una sola cosa: si sabés cuánto cobraste cada mes por cada inmueble. En Bevorah cada pago queda registrado con su recibo, por unidad y por mes, así que al cerrar el año exportás el total por inmueble y se lo mandás al contador, en lugar de reconstruirlo desde WhatsApp.

Lo que se lleva un dueño de esto

Más de L 15,000 al mes por inmueble: impuesto único del 10 % anual, declarado en el módulo cedular del SAR. Menos: la renta va en tu ISR anual de persona natural. En los dos casos, un recibo por cada pago y un contador que confirme tu caso una vez al año.

Fuentes

Una mesa de cocina de madera junto a una ventana con un recibo doblado, unas llaves, un teléfono boca abajo y una taza verde menta.
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